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Ley 1/2018, de 21 de marzo

Ley 1/2018, de 21 de marzo

En cumplimiento de los requisitos de la Ley de Transparencia: En virtud de los artículos 28.6 y 39.6 de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, Talleres Hergulan S.L. se expone que declara que:

  • Según se recoge en la Escritura N.º 610 de fecha 16 de mayo de 2022, ante el Notario Jesús E. Mantilla Blanco,  presentada el día 16 de mayo de 2022, con fecha de entrada 1/2022/2270 asiento 572 Diario 128, recoge como sistema de administracion es mediante administrador único a quien corresponde el poder de representación por tiempo indefinido.
  • Según se define en el articulo 10 de los estatutos de la entidad Talleres Hergulan S.L., recogidos en la Escritura N.º 610 de fecha 16 de mayo de 2022, el cargo de administrador será gratuito y se ejercerá por tiempo indefinido.

Por lo expuesto, Talleres Hergulan S.L. declara que:

  • Las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares del órgano de gestión de la empresa son de 0,00 €.